- Ley
- Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México
- Artículo
- 80
Artículo 80 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una propuesta de ley se considera claramente inútil o sin fundamento, la Asamblea puede votar para tirarla a la basura sin más trámite. Esto aplica tanto para iniciativas de ley como para cualquier otra propuesta que los diputados vean que no tiene caso discutir a fondo. Es como cuando en una junta alguien sugiere algo que no viene al caso y todos deciden ignorarlo de inmediato.
Texto oficial
Artículo 80.- Las iniciativas de ley o decreto, o cualquier otra propuesta dictaminada como notoriamente improcedentes, serán desechadas por acuerdo de la Asamblea.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.