Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 86 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Presidente es quien se encarga de dirigir la plática o el debate, siguiendo lo que digan la ley y el reglamento. Esto significa que él pone orden y decide cómo se lleva a cabo la conversación, pero siempre respetando las reglas ya establecidas. En pocas palabras, su papel es asegurarse de que todo se haga conforme a lo acordado.

Texto oficial

Artículo 86.- El Presidente será responsable de la conducción de la discusión en términos de la ley y el reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.