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Artículo 12 de la Ley de Eventos Públicos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vendes comida en un puesto semifijo (como una troca o un carrito), no puedes usar gas para cocinar los alimentos. También, solo puedes vender bebidas alcohólicas fermentadas, como cerveza o pulque, pero nada de bebidas destiladas como el tequila o el whisky. Además, esas bebidas solo se pueden dar en vasos o envases de plástico desechables.

Texto oficial

Artículo 12. Para la venta de alimentos en instalaciones semifijas no se permitirá en ningún caso la preparación de alimentos con gas. Asimismo, solo se expenderán bebidas alcohólicas fermentadas y en recipientes de plástico desechables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.