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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley210/24
Ley
Ley de Eventos Públicos del Estado de México
Artículo
24

Artículo 24 de la Ley de Eventos Públicos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si hay un evento público como una feria, concierto o marcha, y las autoridades de seguridad o protección civil detectan algún peligro, tú y los demás asistentes deben seguir al pie de la letra lo que ellos digan. Por ejemplo, si piden desalojar el lugar o no pasar por cierta zona, hay que hacerles caso. Esto es para cuidar la integridad de todos, así que no hay que discutir ni hacer lo contrario.

Texto oficial

Artículo 24. Los participantes del evento público acatarán las indicaciones de las autoridades competentes en materia de seguridad y protección civil, en caso de riesgo. CAPÍTULO IV REGISTRO MUNICIPAL DE BIENES INMUEBLES

Ver texto oficial de la Ley de Eventos Públicos del Estado de México (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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