Artículo 25 de la Ley de Eventos Públicos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada municipio debe crear un registro donde se anoten todas las propiedades (como terrenos o edificios) donde se hagan eventos públicos, como ferias, conciertos o marchas. Este registro lo maneja la oficina de Protección Civil del municipio o un área similar. La idea es que el gobierno sepa en qué lugares se realizan estos eventos para poder revisar que estén seguros. Si organizas un evento así, tienes que inscribir el lugar donde lo harás.
Texto oficial
Artículo 25. Los municipios, a través de su Coordinación Municipal de Protección Civil o equivalente, establecerán el Registro municipal, en el que se inscribirán los bienes inmuebles donde se realicen eventos públicos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.