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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley212/15
Ley
Ley de Apicultura del Estado de México
Artículo
15

Artículo 15 de la Ley de Apicultura del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres mover o transportar colmenas y sus productos (como miel, cera o polen), necesitas dos documentos: la guía de tránsito y el certificado zoosanitario. La guía de tránsito la emite la Secretaría (posiblemente de Agricultura), y el certificado zoosanitario lo expide la SADER (la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural). Sin estos papeles no puedes andar moviendo las colmenas o sus productos de un lado a otro. Esto aplica cuando instalas un apiario, que es el lugar donde pones las colmenas con abejas.

Texto oficial

Artículo 15. Para la movilización y transportación de colmenas y sus productos deberá contarse con la guía de tránsito y certificado zoosanitario, expedida la primera por la Secretaría y la segunda por la SADER. CAPÍTULO VII DE LA INSTALACIÓN DE LOS APIARIOS

Ver texto oficial de la Ley de Apicultura del Estado de México (pág. 7) ↗

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