Artículo 19 de la Ley de Apicultura del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los dueños de colmenas deben poner un letrero bien visible en su terreno que diga que hay abejas adentro, junto con un dibujo fácil de entender. También tienen que poner una cerca alrededor del lugar. Esto es para que la gente sepa del riesgo y no se acerque sin cuidado.
Texto oficial
Artículo 19. Es obligación de los apicultores instalar en la explotación de su propiedad un letrero claramente visible, con una leyenda preventiva en la cual se haga referencia a que en el interior del predio se encuentran enjambres y una ilustración sencilla que comunique la misma idea, así como una cerca perimetral.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.