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Artículo 25 de la Ley de Apicultura del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes colmenas en el estado, estás obligado a marcar la dueña de cada una. Puedes hacerlo con un fierro caliente (como un hierro para ganado) o con otro material que marque bien. La marca debe ir en la parte de enfrente de la colmena. Tiene que ser tan clara que se vea al menos desde dos metros de distancia. Esto es para que todos sepan que las colmenas son tuyas.

Texto oficial

Artículo 25. Todo apicultor que opere dentro del Estado tiene la obligación de identificar la propiedad de sus colmenas marcándolas al frente, mediante fierro caliente u otro material, de tal forma que sea visible cuando menos a una distancia de dos metros.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.