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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley212/30
Ley
Ley de Apicultura del Estado de México
Artículo
30

Artículo 30 de la Ley de Apicultura del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien modifica o vuelve a marcar las colmenas de abejas, se va a meter en problemas. Eso significa que le pueden aplicar multas o castigos según lo que digan otras leyes. Básicamente, no debes andar cambiando las marcas de las colmenas que no son tuyas.

Texto oficial

Artículo 30. La altercación o remarcado de las colmenas dará lugar a las sanciones que establezcan las disposiciones legales aplicables. CAPÍTULO X DE LA PROTECCIÓN APÍCOLA

Ver texto oficial de la Ley de Apicultura del Estado de México (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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