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Artículo 31 de la Ley de Apicultura del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría, en conjunto con el Consejo Apícola, va a crear programas que siempre estén activos para meter y criar abejas reinas de razas europeas puras. Esto lo hacen con el fin de controlar que las abejas no se vuelvan más agresivas por la mezcla con abejas africanas. En pocas palabras, buscan que las colmenas tengan abejas reinas europeas para mantener manso el comportamiento de las colonias. Es una medida para evitar que las abejas se africanicen y sean un peligro.

Texto oficial

Artículo 31. La Secretaría, en coordinación con el Consejo Apícola, establecerá programas permanentes para la introducción y cría de reinas de razas puras europeas como medida para controlar la africanización.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.