Artículo 34 de la Ley de Apicultura del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las autoridades de los estados y municipios deben ayudar y dar consejos técnicos sobre cómo usar las sustancias químicas o plantas peligrosas para las abejas (que se mencionan en el artículo 33). Esto lo hacen para cuidar a las abejas y otros animales que polinizan las plantas. Básicamente, si eres agricultor o tienes colmenas, el gobierno local te orientará para no dañar a estos insectos.
Texto oficial
Artículo 34. Las autoridades de carácter estatal y municipal, en el ámbito de sus competencias y atribuciones, prestarán auxilio y asesoría técnica en el uso y manejo de las sustancias químicas o vegetales precisadas en el primer párrafo del artículo anterior, para prevenir y proteger a las abejas y otros polinizadores.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.