Artículo 35 de la Ley de Apicultura del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes colmenas donde crías y vendes abejas reinas, necesitas que las autorices con un permiso especial de una autoridad oficial. Además, esas colmenas deben ser revisadas seguido por laboratorios de diagnóstico para evitar que se enfermen o tengan plagas. Es obligatorio que guardes todos los papeles que te den en esas revisiones.
Texto oficial
Artículo 35. Las colmenas que se utilicen para la producción y venta de las abejas reinas deberán contar con una certificación expedida por la autoridad competente y ser sometidas a una supervisión periódica por laboratorios de diagnóstico para la prevención de plagas y enfermedades, recabando los certificados correspondientes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.