Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley212/39
Ley
Ley de Apicultura del Estado de México
Artículo
39

Artículo 39 de la Ley de Apicultura del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un inspector de la autoridad vaya a revisar tus cosas relacionadas con la apicultura (como colmenas, miel o cera), puede hacerlo en varios lugares: donde tengas tus colmenas, mientras estés transportando las abejas o sus productos, en las bodegas donde guardas el equipo, o en las plantas donde procesas la miel, la separas de impurezas o la envases. Así que prepárate porque pueden revisarte en cualquier parte de tu proceso apícola.

Texto oficial

Artículo 39. Las inspecciones podrán efectuarse en el lugar de los apiarios, durante la movilización de las colmenas y sus productos, en las bodegas, plantas de extracción, sedimentación y envasado.

Ver texto oficial de la Ley de Apicultura del Estado de México (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.