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Artículo 44 de la Ley de Apicultura del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien contrate un servicio de polinización (llevar abejas a un cultivo para que ayuden a producir frutas o semillas), es obligatorio firmar un contrato. Ese contrato debe incluir los nombres de las personas que lo firman, el precio del servicio, las fechas de inicio y fin, cuántas colmenas se usarán y qué tipo de abejas son. También pueden acordar otras condiciones si ambas partes están de acuerdo.

Texto oficial

Artículo 44. Todos los servicios de polinización se realizarán con apego a un contrato de servicios, el cual deberá de contener: I. Nombre de los contratantes. II. Costo del servicio. III. Fecha de inicio y terminación del servicio. IV. Número de colmenas que se utilizarán. V. Tipo de abejas. VI. Las demás condiciones que pacten las partes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.