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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley213/12
Ley
Ley de Fomento de la Cultura de la Legalidad del Estado de México
Artículo
12

Artículo 12 de la Ley de Fomento de la Cultura de la Legalidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 12 dice que se puede crear Consejos Regionales y municipales para ayudar en lo que les toca al Consejo Mexiquense de la Cultura de la Legalidad. O sea, estos consejos más pequeños apoyan al consejo grande en sus zonas, pero solo en los asuntos que sí les corresponde manejar. No hacen cosas fuera de su alcance o autoridad. Trabajan juntos para promover la legalidad y la cultura de respeto a las leyes en el Estado de México.

Texto oficial

Artículo 12. Podrán integrarse Consejos Regionales y municipales, para coadyuvar en el ámbito de su competencia en las actividades del Consejo Mexiquense de la Cultura de la Legalidad.

Ver texto oficial de la Ley de Fomento de la Cultura de la Legalidad del Estado de México (pág. 3) ↗

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