- Ley
- Ley para la Protección de Sujetos que Intervienen en el Procedimiento Penal o de Extinción de Dominio del Estado de México
- Artículo
- 30
Artículo 30 de la Ley para la Protección de Sujetos que Intervienen en el Procedimiento Penal o de Extinción de Dominio del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si varias personas entran al programa al mismo tiempo por la misma situación, y una de ellas no cumple con lo que le toca hacer, eso no le afecta a las demás. O sea, cada quien responde por sus propias obligaciones, sin que el error de uno perjudique a los otros.
Texto oficial
Artículo 30. En caso de que sean incorporados al Programa de manera simultánea por un mismo hecho o circunstancia varios sujetos, el hecho de que alguno de ellos incumpla las obligaciones impuestas, no afectará a los demás que se encuentren relacionados con esta.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.