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Artículo 10 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 10 dice que los registros sirven para hacer una lista confiable y al día de todos los negocios o empresas que abran en el estado o en los municipios. Esa lista debe estar completa para que el gobierno tenga información clara de las unidades económicas. Básicamente, buscan saber qué negocios existen y dónde están, para mantener un control ordenado.

Texto oficial

Artículo 10. Los registros tienen como finalidad crear una base de datos confiable, actualizada e integrada a nivel estatal y municipal de las unidades económicas que se aperturen en el territorio de la Entidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.