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Artículo 101 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los dueños de negocios o sus empleados encargados tienen que entregar a la Dirección de Desarrollo Económico del municipio cualquier cambio que hagan en sus datos internos. Esto lo deben hacer dentro de los primeros cinco días de trabajo después de hacer la actualización, o cuando el municipio se los pida. Los "días hábiles" son los que no son sábado, domingo ni día festivo. En resumen, si cambias algo en los papeles de tu negocio, tienes una semana hábil para avisar.

Texto oficial

Artículo 101. Los titulares y/o dependientes deberán proporcionar la información de su registro interno a la Dirección de Desarrollo Económico Municipal o autoridad equivalente dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su actualización o cuando ésta se lo requiera.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.