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Artículo 104 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los municipios, junto con el Instituto, son los encargados de revisar que se cumpla lo que dice esta sección de la ley. Cada uno tiene que hacer su parte, según lo que les toca. Si alguien no cumple, ellos pueden verificarlo.

Texto oficial

Artículo 104. Corresponde a los municipios en coordinación con el Instituto, en el ámbito de sus competencias, verificar el cumplimiento de esta Sección.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.