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Artículo 108 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un coche chatarra o partes de metal, como el chasis (la estructura del carro), y no se pueden vender como piezas usadas, tienes que llevarlas a un negocio que se dedique a fundir metal o a triturar chatarra. No puedes dejarlas tiradas o guardarlas en tu casa. La ley te obliga a deshacerte de esos materiales solo en esos lugares autorizados.

Texto oficial

Artículo 108. El material ferroso, el chasis que no sea sujeto de venderse como autoparte deberá ser enviado a las unidades económicas dedicadas a la fundición o chatarrización.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.