Artículo 109 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las empresas o negocios que manejen materiales de fierro o acero tienen que firmar un acuerdo con chatarrerías o fundidoras autorizadas, o al menos guardar sus datos. Esto es para que puedan pasarle a las autoridades la información correcta cuando les pidan verificar ciertos datos. Esos datos son: el nombre de la empresa, su dirección, los datos de su permiso para funcionar, y el nombre del dueño o del encargado. Así la autoridad puede checar que todo esté en orden.
Texto oficial
Artículo 109. Estas unidades económicas deberán suscribir convenio o contar con información de las unidades económicas autorizadas para la chatarrización o fundición del material ferroso, que permita dar la información a la autoridad que permita la verificación de los datos siguientes: I. Nombre o razón social. II. Domicilio. III. Datos de la Licencia de Funcionamiento. IV. Nombre del titular y/o dependiente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.