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Artículo 148 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si la autoridad te notifica que no te aprobó el cambio que pediste a tu permiso, puedes quejarte siguiendo las reglas que marca esta misma Ley. Eso significa que tienes derecho a inconformarte, es decir, a presentar un recurso para impugnar la decisión. La Ley te dice cómo hacerlo y en qué plazos.

Texto oficial

Artículo 148. En caso de que la resolución notificada niegue la modificación del permiso, el interesado podrá inconformarse en los términos previstos por esta Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 41) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.