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Artículo 167 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si durante una revisión o auditoría la Secretaría de Finanzas descubre que los permisionarios (las personas que tienen un permiso) cometieron faltas administrativas o fiscales, el gobierno tiene la obligación de castigarlos. Ese castigo será el que ya está establecido en esta ley o en el Código Financiero. En otras palabras: si te revisan y te encuentran algo mal, te aplicarán la multa o sanción que ya está escrita en las reglas. No pueden inventar un castigo que no esté previsto.

Texto oficial

Artículo 167. Si del resultado de la diligencia de inspección o auditoría, la Secretaría de Finanzas determina infracciones de carácter administrativo y fiscal cometidas por los permisionarios, deberá imponer la sanción que corresponda en los términos previstos en esta Ley y en el Código Financiero.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 46) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.