Artículo 20 Ter de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que te den el Dictamen de Giro (el permiso que necesita un negocio para operar en un lugar específico), tienes que pedirlo usando los formatos oficiales del municipio. Esos formatos, junto con todos los requisitos, papeles y planos técnicos, están disponibles en el Registro Municipal de Trámites y Servicios. O sea, no es inventado ni te pueden pedir cosas de más: todo lo que necesitas presentar ya está definido ahí.
Texto oficial
Artículo 20 Ter. Para obtener el Dictamen de Giro, se deberá presentar solicitud conforme a los formatos, requisitos, documentos y anexos técnicos establecidos en el Registro Municipal de Trámites y Servicios.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.