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Artículo 30 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Puedes pedir un permiso para operar tu negocio por una sola vez, por un tiempo fijo o para un evento específico. Solo necesitas solicitarlo al menos ocho días hábiles antes (sin contar sábados, domingos ni días festivos). La autoridad tiene máximo dos días hábiles para decirte si te lo da o no. Ese permiso debe incluir el nombre de tu empresa, tu dirección y correo, la actividad que vas a hacer, el tamaño del local, y la fecha y hora exactas de inicio y fin.

Texto oficial

Artículo 30. Se podrá otorgar permiso para operar por una sola ocasión o por un período determinado de tiempo o por un solo evento, cuando se solicite con ocho días hábiles previos a su realización, debiendo la autoridad otorgar o negar el permiso en un término no mayor de dos días hábiles, el permiso contendrá la información siguiente: I. Razón social de la unidad económica, así como domicilio para oír y recibir notificaciones y dirección de correo electrónico. II. Actividad que se pretende ejercer. III. Superficie total del local donde pretende realizarse la actividad. IV. Fecha y hora de inicio y terminación del mismo. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 18 de diciembre de 2014. Última reforma POGG 17 de diciembre de 2025. LEY DE COMPETITIVIDAD Y ORDENAMIENTO COMERCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO 16

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

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