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Artículo 40 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 40 dice las reglas que deben seguir los juegos mecánicos y electromecánicos (como las sillas voladoras o las montañas rusas) que se pongan en lugares como ferias, parques de diversiones, circos o eventos parecidos. Primero, no pueden instalarse a menos de 100 metros de una escuela. También debe haber suficiente espacio entre los juegos para que los usuarios estén seguros. En el caso de los juegos eléctricos que estén adentro de negocios o eventos, deben tener los dispositivos de seguridad que marca la ley. Además, está prohibido vender o repartir pólvora, explosivos o químicos peligrosos ahí, y hay que vigilar que nadie los meta. Por último, cada tres meses los juegos eléctricos deben pasar pruebas de resistencia para asegurarse de que funcionan bien. Si un negocio tiene más de 10 juegos, puede vender alimentos, pero solo usando hasta el 10% del espacio total del lugar para que la gente coma lo que venden o lo que ellos lleven.

Texto oficial

Artículo 40. Los juegos mecánicos y electromecánicos que se instalen en unidades económicas y en parques recreativos, circos y eventos similares, funcionarán sujetándose a las disposiciones siguientes: I. No instalarse en un radio menor a 100 metros de algún centro escolar. II. La distancia entre los juegos mecánicos y electromecánicos deberá ser aquella que garantice la seguridad de los usuarios. III. En los casos de juegos electromecánicos, los aparatos que se instalen en el interior de las unidades económicas, como circos y eventos similares, deberán contar con los dispositivos de seguridad que establecen las leyes y reglamentos en materia de construcción y de protección civil. IV. Abstenerse de vender y distribuir pólvora, explosivos, artificios y substancias químicas relacionadas con explosivos, en términos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, así como vigilar que los usuarios no los introduzcan a su interior. V. Los juegos electromecánicos deberán someterse a pruebas de resistencia por lo menos cada tres meses, a fin de asegurar su funcionamiento adecuado. Tratándose de unidades económicas que cuenten con un número mayor de 10 juegos mecánicos y electromecánicos, podrá prestarse el servicio de alimentos preparados. La unidad económica deberá destinar como máximo el 10% de su superficie total para habilitarla con instalaciones adecuadas para el consumo de los alimentos que expenda la propia unidad económica y aquellos que lleven consigo los usuarios del servicio.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.