Artículo 50 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un hotel, motel o cualquier lugar que dé hospedaje y otros servicios, debes tener espacios bien separados (con paredes, mamparas o desniveles) para que los huéspedes y los vecinos no tengan molestias. Además, tienes que cumplir con estas reglas: poner a la vista las tarifas y los horarios, llevar un registro de quién llega y sale (con nombre, origen y residencia), y tener en cada cuarto el reglamento interno. También debes ayudar en emergencias médicas, asegurar las pertenencias de valor que los clientes te encarguen (contratando un seguro), mantener todo limpio, y ofrecer preservativos. Por último, tienes que capacitar a tu personal para prevenir y denunciar la explotación sexual de menores y la trata de personas, y pedir identificación oficial con foto a todos los huéspedes, y pasaporte si son extranjeros.
Texto oficial
Artículo 50. Las unidades económicas en las que se preste el servicio de hospedaje con algún otro servicio deberán contar para su operación con locales que formen parte de la construcción, separados por muros, canceles, mamparas o desniveles, construidos o instalados de modo que eviten molestias, tanto a los huéspedes en sus habitaciones, como a las personas que vivan en inmuebles aledaños, y observarán las disposiciones siguientes: I. Exhibir en lugar visible para el público, con caracteres legibles, la tarifa de hospedaje, horario de vencimiento del servicio, la tarifa de las actividades económicas autorizadas, el aviso de que cuenta con caja de seguridad para la guarda de valores; así como carteles, infografías o material informativo sobre la prevención de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes, la trata de personas y las medidas para salvaguardar su integridad. II. Llevar el control mediante registro de llegadas y salidas de todos los huéspedes, incluyendo niñas, niños y adolescentes, con anotación en libros, tarjetas de registro o sistema computarizado, en los que incluya nombre, ocupación, origen, procedencia y lugar de residencia. III. Colocar en cada una de las habitaciones, en un lugar visible, un ejemplar del reglamento interno de la unidad económica sobre la prestación de los servicios. IV. Solicitar en caso de urgencia, los servicios médicos para la atención de los huéspedes. V. Garantizar la seguridad de los valores que se entreguen para su guarda y custodia en la caja de la unidad económica, para lo cual deberán contratar un seguro que garantice los valores depositados. VI. Mantener limpios camas, ropa de cama, pisos, muebles, servicios sanitarios y las instalaciones en general. VII. Garantizar la accesibilidad y disponibilidad de preservativos a los usuarios. VIII. Contar con personal capacitado y sensibilizado por las instancias competentes, en temas de prevención, combate y erradicación de la trata de personas y la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en el contexto de viajes y turismo; así como los derechos de la niñez y la adolescencia, a Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 18 de diciembre de 2014. Última reforma POGG 17 de diciembre de 2025. LEY DE COMPETITIVIDAD Y ORDENAMIENTO COMERCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO 23 fin de que puedan acceder a la información que les apoye a identificar y denunciar posibles situaciones de riesgo. IX. Promover la cultura de denuncia y, en su caso, denunciar, ante la posible identificación de actos relacionados con la trata de personas y la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes. X. Las personas prestadoras de servicios de hospedaje o alojamiento, deberán solicitar identificación oficial con fotografía que acredite la mayoría de edad de las personas turistas, en caso de personas extranjeras, se requerirá pasaporte o documento oficial con el que ingresaron al país, en caso de que se encuentren acompañadas de niñas, niños y adolescentes, las personas prestadoras de hospedaje deberán requerir los documentos que acrediten la filiación, parentesco, la patria potestad, tutela o guarda y custodia de los mismos, o en su caso, la autorización de quienes legalmente ostente la guarda o custodia. Lo anterior se deberá acreditar de conformidad con los documentos que se señalen en el Protocolo que al efecto se emita. XI. Observar el Protocolo para la protección de niñas, niños y adolescentes en la prestación de servicios de hospedaje o alojamiento, que será emitido por la Secretaría de Cultura y Turismo, el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México a través de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México, la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, la Secretaría Ejecutiva del Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, la Secretaría de Seguridad, la Secretaría de Desarrollo Económico y la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de México. El protocolo deberá contemplar, al menos las medidas y acciones para prevenir, detectar, reportar, y denunciar los casos de abuso y explotación sexual de niñas, niños y adolescentes, así como los medios y mecanismos para solicitar la asistencia de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, y Adolescentes del Estado de México, y en su caso la respectiva intervención ante la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, incluyendo las acciones para prestar auxilio inmediato a la niña, niño o adolescente que se encuentre en riesgo de sufrir abuso, trata o explotación sexual, privilegiando en todo momento el interés superior de las niñas, niños y adolescentes. XII. Instalar y mantener activas cámaras de vigilancia en exteriores y áreas comunes, a fin de salvaguardar la seguridad de huéspedes y personal. Las videograbaciones deberán conservarse y mantenerse por lo menos 60 días naturales, respetando en todo caso las disposiciones en materia de protección de datos personales. XIII. Las demás que le confieran esta Ley y otras disposiciones aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.