Artículo 51 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 51 dice los horarios en que pueden operar y vender alcohol los negocios de tamaño mediano en el Estado de México. Por ejemplo, los salones de fiestas pueden dar servicio de las 8 de la mañana a las 3 de la madrugada del día siguiente, pero solo pueden vender o servir bebidas alcohólicas de las 11 de la mañana a las 2 de la madrugada. Los restaurantes pueden atender desde las 6 de la mañana hasta las 3 de la madrugada, pero también tienen el mismo horario para el alcohol que los salones. Los hoteles tienen servicio y venta de alcohol todo el día, sin límite de horario. Los teatros y auditorios pueden estar abiertos siempre, pero solo venden alcohol de las 2 de la tarde a las 2 de la madrugada, mientras que los cines abren de 11 de la mañana a 3 de la madrugada y también venden alcohol de 2 de la tarde a 2 de la madrugada.
Texto oficial
Artículo 51. Las unidades económicas de mediano impacto tendrán los siguientes horarios de prestación de servicios y de venta, consumo o distribución de bebidas alcohólicas: Unidades económicas de mediano impacto Horario de Servicio Horario de venta, consumo o distribución de bebidas alcohólicas Salones de fiestas 08:00 a las 03:00 horas del día siguiente. 11:00 horas y hasta las 02:00 horas del día siguiente. Restaurantes 06:00 a las 03:00 horas del día siguiente. 11:00 horas y hasta las 02:00 horas del día siguiente. Hospedaje Permanente Permanente Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 18 de diciembre de 2014. Última reforma POGG 17 de diciembre de 2025. LEY DE COMPETITIVIDAD Y ORDENAMIENTO COMERCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO 24 Teatros y auditorios Permanente 14:00 horas y hasta las 02:00 horas del día siguiente. Salas de cine 11:00 a las 03:00 horas del día siguiente. 14:00 horas y hasta las 02:00 horas del día siguiente. Clubes privados Permanente 11:00 horas y hasta las 02:00 horas del día siguiente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.