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Artículo 63 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes una fonda, cantina o negocio donde vendan bebidas alcohólicas por copa o en envase abierto, debes poner un letrero bien visible para que los clientes vean todas las marcas y tipos de alcohol que ofreces. Además, para asegurarte de que quien pide una bebida ya es mayor de edad, tú como dueño o empleado del negocio, tienes que pedirle que te muestre una identificación oficial con foto que tenga su fecha de nacimiento.

Texto oficial

Artículo 63. Donde se realice la venta de bebidas alcohólicas al copeo o en envase abierto se colocará, a la vista del público, las marcas de las mismas y los distintos tipos de bebidas alcohólicas que se ofrezcan, y para cerciorarse de la mayoría de edad de los solicitantes de este servicio, el titular y/o dependiente de la unidad económica requerirá le sea mostrada la identificación oficial con fotografía en la que conste la fecha de nacimiento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.