Artículo 23 de la Ley para la Protección, Apoyo y Promoción a la Lactancia Materna del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 23 dice que la forma en que va a trabajar y organizarse la Coordinación Estatal de Lactancia Materna y Bancos de Leche se va a definir en un reglamento especial que se hará después. En otras palabras, esta ley no da todos los detalles, sino que deja que se creen reglas aparte para decir cómo funcionará exactamente esa coordinación. Ese reglamento todavía no está aquí, pero se publicará más adelante para que quede claro cómo operará todo.
Texto oficial
Artículo 23. La organización y funcionamiento de la Coordinación Estatal de Lactancia Materna y Bancos de Leche se determinará en el reglamento que para tal efecto se expida. CAPÍTULO VI INFRACCIONES Y SANCIONES Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 18 de diciembre de 2014. Última reforma POGG: 5 de abril de 2024. LEY PARA LA PROTECCIÓN, APOYO Y PROMOCIÓN A LA LACTANCIA MATERNA DEL ESTADO DE MÉXICO 9
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