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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley218/27
Ley
Ley para la Protección, Apoyo y Promoción a la Lactancia Materna del Estado de México
Artículo
27

Artículo 27 de la Ley para la Protección, Apoyo y Promoción a la Lactancia Materna del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si la Ley de Obras Públicas del Estado de México no dice nada sobre un tema en específico, se aplicará lo que diga la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, que es otra ley que sí regula esos casos.

Texto oficial

Artículo 27. En lo no previsto por la presente Ley, será aplicable la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

Ver texto oficial de la Ley para la Protección, Apoyo y Promoción a la Lactancia Materna del Estado de México (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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