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Artículo 13 de la Ley de Vigilancia de Medidas Cautelares y de la Suspensión Condicional del Proceso en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Centro Estatal es como la oficina del gobierno encargada de que se cumplan las órdenes del juez, por ejemplo, que alguien no se acerque a la víctima o que cumpla ciertas reglas para no ir a juicio. Esta oficina depende de una autoridad más grande y su trabajo es asegurar que todo lo que dice la Ley se haga realidad. Cuando el Centro evalúa tu caso, lo hace para proteger a la víctima, a los testigos y a la sociedad, y evitar que el proceso judicial se eche a perder. En pocas palabras, checa que no haya riesgos para nadie mientras se resuelve el asunto legal.

Texto oficial

Artículo 13. El Centro Estatal es la autoridad de ejecución y suspensión de medidas cautelares y de la suspensión condicional del proceso, es una unidad administrativa de la Autoridad, que tiene como fin cumplir los objetivos de la presente Ley. La evaluación que realice el Centro Estatal estará encaminada a salvaguardar el riesgo objetivo de afectación al proceso, la víctima, los testigos o la sociedad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.