- Ley
- Ley Orgánica Municipal del Estado de México
- Artículo
- 103
Artículo 103 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 103 habla de cómo se deben hacer los estados financieros o presupuestales del gobierno. Esto quiere decir que, cuando se armen los documentos que muestran en qué se gasta el dinero público o cuánto se tiene, se tienen que seguir reglas específicas de contabilidad gubernamental. Además, también hay que cumplir con lo que dicen otras leyes relacionadas. En pocas palabras, el gobierno no puede inventar cómo reportar sus finanzas, sino que debe usar métodos y normas ya establecidas.
Texto oficial
Artículo 103.- La formulación de estados financieros o presupuestales se realizará en base a sistemas, procedimientos y métodos de contabilidad gubernamental aplicables, así como a las normas previstas en otros ordenamientos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.