Artículo 104 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El ayuntamiento (el gobierno del municipio) tiene la obligación de revisar cómo se usa el dinero público, y eso lo hace a través del síndico (que es como el "fiscal" del municipio). También hay otras personas dentro del mismo ayuntamiento que pueden revisar que todo esté en orden, según lo que dice esta ley. Además, la Secretaría de la Contraloría del Estado se encarga de checar, por medio de acuerdos especiales, que el dinero que viene del gobierno federal o estatal y que usa el municipio se gaste exactamente en lo que se prometió.
Texto oficial
Artículo 104.- La inspección de la hacienda pública municipal compete al ayuntamiento por conducto del síndico, sin perjuicio del ejercicio de las funciones de control interno que en su caso realicen directamente los órganos de control y evaluación en los términos de esta Ley. A la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado le corresponde vigilar en los términos de los convenios respectivos, que los recursos federales y estatales que ejerzan directamente los municipios, se apliquen conforme a lo estipulado en los mismos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.