Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 109 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cualquier persona puede denunciar si ve que en su municipio están mal usando el dinero público o cometiendo algún delito que afecte las finanzas del ayuntamiento. Puedes hacer la denuncia directamente ante el ayuntamiento, ante la autoridad que vigila el uso de los recursos en el Estado de México (el Órgano Superior de Fiscalización) o ante el gobernador del estado. Esto quiere decir que no necesitas ser funcionario ni tener un cargo especial para reportar estas irregularidades; cualquier ciudadano tiene el derecho de hacerlo.

Texto oficial

Artículo 109.- Se reconoce acción popular para denunciar ante el ayuntamiento, ante el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, o ante el Ejecutivo del Estado, la malversación de fondos municipales y cualquier otro hecho presuntamente delictivo en contra de la hacienda municipal. CAPÍTULO CUARTO Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 2 de marzo de 1993. Última reforma POGG: 16 de junio de 2026. LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO 56 DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL MUNICIPAL

Ver ley oficial en el DOF (pág. 55) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.