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Artículo 144 Bis de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El municipio tiene que crear un sistema de trabajo profesional para los bomberos y el personal de protección civil. Esto significa que no los van a contratar a la ligera, sino que deben pasar por un proceso formal, como exámenes y capacitación, para entrar y subir de puesto. La idea es que su trabajo sea estable, basado en méritos y no en influencias o cambios de gobierno. Así se asegura que siempre haya gente preparada para atender emergencias.

Texto oficial

Artículo 144 Bis. Para el personal de protección civil y bomberos, el municipio deberá implementar el servicio profesional de carrera.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 66) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.