Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley22/148
- Ley
- Ley Orgánica Municipal del Estado de México
- Artículo
- 148
Artículo 148 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no es válido porque fue eliminado de la ley. "Derogado" significa que ya no tiene efecto legal, como cuando borras una regla del reglamento de tu colonia y ya nadie la tiene que cumplir. No debes preocuparte por lo que decía antes, porque hoy en día no aplica para nada. Si buscas una norma que sí esté vigente, tienes que consultar otra parte de la ley.
Texto oficial
Artículo 148.- Derogado
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.