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Ley
Ley Orgánica Municipal del Estado de México
Artículo
38

Artículo 38 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 38 dice que cuando el gobierno firme contratos o haga obras públicas, debe seguir las reglas que marca la ley especial para eso. En México, esa ley es la de Obras Públicas y Servicios Relacionados. O sea, no pueden hacer contratos al aventón ni como ellos quieran, sino cumpliendo con los pasos y requisitos que están escritos en esa ley.

Texto oficial

Artículo 38.- La celebración de contratos y la realización de obra pública se sujetarán a la ley de la materia.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México (pág. 19) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.