Artículo 60 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser delegado municipal, subdelegado o jefe de manzana necesitas: I. Ser ciudadano mexicano y tener tus derechos políticos y civiles al corriente; II. Vivir en la misma delegación, subdelegación o manzana donde quieras trabajar; III. Tener fama de ser una persona honrada y de buen comportamiento en la comunidad.
Texto oficial
Artículo 60.- Para ser delegado o subdelegado municipal o jefe de manzana se requiere: I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles; II. Ser vecino, en términos de esta Ley, de la delegación, subdelegación municipal o manzana respectiva; III. Ser de reconocida probidad. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 2 de marzo de 1993. Última reforma POGG: 16 de junio de 2026. LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO 32
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.