Artículo 79 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Ayuntamiento (el gobierno de tu municipio) puede dar dinero y trabajar junto con grupos de la sociedad, como asociaciones de vecinos u organizaciones civiles, para ofrecer servicios como recolección de basura o reparar calles. Ese dinero que se use debe ser revisado y supervisado por las autoridades del municipio para asegurarse de que se ocupe bien. En otras palabras, el gobierno local puede apoyar a la gente organizada, pero sin perder el control de los recursos.
Texto oficial
Artículo 79.- Los ayuntamientos podrán destinar recursos y coordinarse con las organizaciones sociales para la prestación de servicios públicos y la ejecución de obras públicas. Dichos recursos quedarán sujetos al control y vigilancia de las autoridades municipales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.