- Ley
- Ley Orgánica Municipal del Estado de México
- Artículo
- 93
Artículo 93 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La tesorería municipal es la oficina del gobierno de tu ciudad o pueblo que se encarga de cobrar los impuestos, multas y otros pagos que la gente debe al municipio. También es la que paga los gastos que autoriza el ayuntamiento, como sueldos, obras o servicios públicos. En pocas palabras, maneja el dinero que entra y sale del municipio.
Texto oficial
Artículo 93.- La tesorería municipal es el órgano encargado de la recaudación de los ingresos municipales y responsable de realizar las erogaciones que haga el ayuntamiento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.