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Ley
Ley Orgánica Municipal del Estado de México
Artículo
98

Artículo 98 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gasto público simplemente se refiere a todo el dinero que los municipios (los gobiernos locales) gastan para funcionar y dar servicios. Ese dinero se usa en cosas como pagar sueldos y servicios básicos (gasto corriente), construir obras como calles o parques (inversión física), prestar o invertir dinero (inversión financiera) y pagar deudas (cancelación de pasivo). En resumen, es todo lo que el gobierno municipal gasta para mantener la ciudad funcionando.

Texto oficial

Artículo 98.- El gasto público comprende las erogaciones que por concepto de gasto corriente, inversión física, inversión financiera y cancelación de pasivo realicen los municipios.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México (pág. 54) ↗

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