Artículo 107 de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de México y sus Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si no cumples con esta ley, te pueden aplicar multas o medidas de seguridad como retenerte algo o cerrar tu negocio. Las sanciones se basan en el Código Administrativo del Estado de México y el Reglamento de Tránsito. Además, si tu falta también causa daños o es un delito, aparte de la multa podrías tener que pagar por los perjuicios o enfrentar un proceso penal. Esto significa que no te salvas de una demanda aunque ya te hayan castigado. Básicamente, te pueden sancionar por la infracción y, si aplica, también por los daños que hayas causado.
Texto oficial
Artículo 107. Medidas de seguridad, infracciones y sanciones. La infracción a las disposiciones de la presente Ley dará lugar a la imposición de las medidas de seguridad y sanciones en términos de las disposiciones legales aplicables, así como los del Código Administrativo del Estado de México y el Reglamento de Tránsito. Las sanciones, que en su caso se impongan, serán sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que resulte.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.