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Artículo 4 de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de México y sus Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 4 dice que tienes derecho a moverte por el estado y los municipios. El gobierno y los ayuntamientos tienen la obligación de hacer cosas para que puedas ejercer ese derecho de forma segura, accesible, eficiente y sin que te excluyan. Esto significa, por ejemplo, que deben cuidar que las calles sean seguras para ti, que el transporte público te sirva bien y que no importe si tienes alguna discapacidad o eres diferente, todos puedan moverse igual. También busca que todo eso ayude a que el estado se desarrolle sin dañar el medio ambiente. En corto, es su responsabilidad garantizar que te puedas trasladar sin problemas.

Texto oficial

Artículo 4. Derecho a la Movilidad. El derecho humano a la movilidad implica la obligación del Gobierno del Estado y de los municipios de realizar un conjunto de acciones que tiendan a procurar su debido ejercicio en condiciones de seguridad vial accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad y contribuir al desarrollo sustentable del Estado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.