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Artículo 77 de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de México y sus Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el seguro que deben tener los prestadores de servicio (como taxis o transporte público) se tiene que renovar cada año ante la Secretaría correspondiente. Además, debe comprarse con una aseguradora autorizada por el gobierno y cubrir lo que la Secretaría considere mejor para el tipo de servicio. La póliza debe incluir, entre otras cosas, el pago por si alguien muere, el gasto total por accidente, y la atención médica, hospitalización y prótesis para pasajeros u otras personas afectadas. También tiene que tener un deducible (lo que pagas de tu bolsa al usar el seguro) y no se puede cancelar; por eso debe decir "NO CANCELABLE" en el documento.

Texto oficial

Artículo 77. Cobertura del seguro obligatorio. La póliza de seguro al que se refiere el artículo anterior debe inscribirse cada año ante la Secretaría y deberá contratarse con una institución legalmente autorizada por la autoridad competente, con la cobertura que se determine por acuerdo de la Secretaría, resulte la más conveniente para la prestación del servicio de que se trate. Las pólizas de seguro obligatorio requerida por esta Ley para los prestadores de servicio deberán cumplir con las siguientes especificaciones: I. La indemnización por la pérdida de la vida de cada persona afectada; II. El monto total por cada evento; III. La indemnización por concepto de lesiones a que tienen derecho las personas usuarias y terceras afectadas deberá cubrir totalmente los pagos que se originen, por la asistencia médica, la hospitalización y los aparatos de prótesis y ortopedia; IV. Cubrir un deducible; V. Las pólizas de seguro no serán cancelables e incluirán la leyenda “NO CANCELABLE” en la póliza, y VI. Las demás que establezca la autoridad competente. CAPÍTULO III DEL OTORGAMIENTO DE CONCESIONES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 55) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.