Artículo 103 Bis de la Ley de Víctimas del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Unidad de Atención Inmediata y Primer Contacto es una oficina encargada de recibir tus quejas o denuncias. Su jefe es un Director, que es elegido directamente por el titular de la Comisión Ejecutiva. Esto quiere decir que el mero mando de esa unidad lo pone el responsable de la Comisión, sin necesidad de concursos o procesos más largos. Así, buscan que alguien de confianza esté al frente para atenderte rápido desde el primer momento.
Texto oficial
Artículo 103 Bis. La Unidad de Atención Inmediata y Primer Contacto estará a cargo de un Director, nombrado por el Titular de la Comisión Ejecutiva.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.