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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley223/106
Ley
Ley de Víctimas del Estado de México
Artículo
106

Artículo 106 de la Ley de Víctimas del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno tiene un lugar especial llamado Centro de Atención e Información para Víctimas, donde puedes recibir ayuda legal sin pagar nada. Ese centro tiene teléfonos gratis que funcionan todo el día, todos los días del año, sin importar si es feriado o fin de semana. Si te robaron, te lastimaron o te hicieron algún daño, puedes llamar a esos números para que un abogado te oriente sobre qué hacer. No importa la hora que sea, siempre habrá alguien del otro lado para darte consejos legales. Es un servicio diseñado para que no te sientas solo ni tengas que gastar dinero para entender tus derechos.

Texto oficial

Artículo 106. El Centro de Atención e Información para Víctimas y Ofendidos contará con líneas telefónicas gratuitas las veinticuatro horas del día, los trescientos sesenta y cinco días del año, para que las víctimas u ofendidos puedan solicitar asesoría jurídica.

Ver texto oficial de la Ley de Víctimas del Estado de México (pág. 53) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.