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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley223/107
Ley
Ley de Víctimas del Estado de México
Artículo
107

Artículo 107 de la Ley de Víctimas del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Centro de Atención va a tener una sección especial en la página de internet de la Comisión Ejecutiva. Ahí, si eres víctima o te ofendieron, puedes checar cómo va tu caso en el proceso legal. También vas a poder hablar por internet con un asesor jurídico, sin tener que ir a la oficina. Es un espacio solo para que tú, si quieres, estés al tanto y recibas orientación. Todo es virtual y voluntario.

Texto oficial

Artículo 107. El Centro de Atención contará con un apartado especial en la página de internet de la Comisión Ejecutiva, para que las víctimas u ofendidos que así lo deseen, puedan consultar el estado procesal de sus asuntos y tener comunicación virtual con un asesor jurídico.

Ver texto oficial de la Ley de Víctimas del Estado de México (pág. 53) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.