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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley223/22
Ley
Ley de Víctimas del Estado de México
Artículo
22

Artículo 22 de la Ley de Víctimas del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud te va a dar una tarjeta de identificación si eres víctima o afectado por un delito. Esto se hace con base en el registro oficial de víctimas de tu estado. El objetivo es que recibas ayuda y atención médica antes que otros, como parte de una reparación del daño.

Texto oficial

Artículo 22. La Secretaría de Salud otorgará el carnet que identifique a las víctimas y ofendidos, conforme al Registro Estatal de Víctimas, con el fin de garantizar la asistencia y atención prioritarias para efectos reparadores.

Ver texto oficial de la Ley de Víctimas del Estado de México (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.