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Artículo 29 Ter de la Ley de Víctimas del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si fuiste víctima de un delito, tienes derecho a ayudar al Ministerio Público (el fiscal) en su investigación. Puedes entregar cualquier prueba que tengas, como fotos, videos o testigos, ya sea en la investigación inicial, en la etapa de preparación del juicio o durante el juicio mismo. Además, puedes participar en el juicio como una parte importante, con derechos iguales o mayores a los del acusado. También tienes derecho a que te pongan fácil poner tu denuncia o querella sin trabas.

Texto oficial

Artículo 29 Ter. Las víctimas y ofendidos del delito tendrán derecho a coadyuvar con el Ministerio Público, a que se les reciban todos los datos o elementos de prueba con los que cuenten, tanto en la etapa de investigación, intermedia o de preparación a juicio, a que se desahoguen las diligencias correspondientes, y a intervenir en el juicio como partes plenas ejerciendo durante el mismo sus derechos, los cuales en ningún caso podrán ser menores a los del imputado. Asimismo, tendrán derecho a que se les otorguen todas las facilidades para la presentación de denuncias o querellas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.